Con el propósito de fortalecer la seguridad vial, la tranquilidad y la convivencia en el casco urbano de Génova, la Alcaldía Municipal de este municipio expidió el Decreto No. 063 del 9 de septiembre de 2025, mediante el cual se restringe la circulación de motocicletas, cuatrimotos y moto - triciclos de todo cilindraje en horario nocturno.
La medida aplicará todos los días entre las 11:00 p.m. y las 4:30 a.m., en el perímetro urbano del municipio. Quienes incumplan esta disposición se verán expuestos a sanciones de tránsito, conforme a lo establecido en el Código Nacional de Tránsito.
El decreto responde a las quejas de la comunidad por el aumento de ruidos, exceso de velocidad y alteraciones al orden público, especialmente en horas de la noche, así como a casos de accidentalidad registrados en los últimos meses.
Se exceptúan de la restricción los vehículos de autoridades, organismos de socorro, servicios públicos domiciliarios, telecomunicaciones, seguridad privada y domiciliarios previamente inscritos ante la Secretaría de Gobierno Municipal. De igual forma, se aclara que se podrán otorgar permisos especiales de circulación a personas naturales y jurídicas que justifiquen la necesidad del servicio en el horario restringido.
Adicionalmente, el decreto establece la prohibición de estacionar vehículos y bicicletas en el sector aledaño al Centro Administrativo Municipal, comprendido entre la Carrera 12 y las calles 25 y 26.
La Alcaldía anunció que antes de la entrada en vigor de la medida se realizarán campañas de socialización con la ciudadanía, con el fin de garantizar que todos los habitantes estén informados y conozcan los alcances de esta disposición.
Con esta acción, la administración municipal busca avanzar en la construcción de un entorno más seguro, pacífico y respetuoso para los habitantes de Génova, priorizando la salud, el descanso y la convivencia de la comunidad.